Regulación

Respondemos algunas preguntas frecuentes sobre el real decreto que regula la publicidad del juego

A.Sevillano | 04/11/20
Respondemos algunas preguntas frecuentes sobre el real decreto que regula la publicidad del juego
Toda nueva ley genera ciertas dudas y esta, desde luego, no iba a ser menos. El equipo de Poker-Red ha respondido a las dudas más frecuentes que le pueden surgir a los jugadores y a los creadores de contenido.

Como ya sabéis, hoy han salido publicados en el BOE todos los detalles sobre la nueva ley que regulará a partir de ahora la publicidad dentro del sector del juego.

Es una ley mucho más restrictiva que la que teníamos hasta ahora, y esto implica que todos los actores del sector debemos estar al tanto de los cambios y las consecuencias que este real decreto va a tener para todos. 

Por ello, hemos decidido elaborar una breve lista con las preguntas más frecuentes que seguro que a más de uno le es de utilidad. Vamos a ello.

 

¿Seguirá habiendo rakeback o promociones de fidelización?

SI. A diferencia del decreto durante el estado de alarma, están permitidas las promociones de 

fidelización para jugadores con cuenta validada. A partir del 1 de Mayo de 2021, podrás acceder a estas promociones después de estar un mes registrado en la sala.

 

¿Seguirá habiendo bonos de bienvenida?

NO. La Ley es clara al respecto de los bonos de captación. Hasta el 1 de mayo todo seguirá como hasta ahora, pero a partir de esa fecha no podrás beneficiarte de bonos de bienvenida ni promociones por nuevo jugador. 

 

¿Qué ocurrirá con las cuentas de redes sociales que hablen sobre poker?

Las cuentas oficiales de los operadores, así como de medios especializados como Poker-Red podrán seguir publicando en redes sociales con cierta normalidad. Siempre cumpliendo las limitaciones de la ley respecto a mensajes, y público objetivo (+18).

 

¿Se podrá seguir haciendo contenido en Youtube/Twitch sobre poker?

Las cuentas oficiales y los canales temáticos de Poker podrán seguir creando contenido audiovisual cumpliendo con las restricciones marcadas por la ley respecto al mensaje y el público objetivo (+18). Si sois creadores de contenido, os recomendamos leer con detenimiento el Real Decreto para aseguraros de cumplir las restricciones.

 

Si soy creador de contenido, pero vivo fuera de España ¿me afecta esta ley de alguna manera?

Si, la ley española te afecta si se puede considerar que tu contenido va dirigido al público español. La jurisprudencia nos indica que el incumplimiento de las normas podría ser motivo de sanción, independientemente del país en el que te encuentres.

 

Si te ha quedado alguna duda pendiente, no dudes en contestar a este tuit preguntándonos y trateremos de responderte lo antes posible.

COMENTARIOS

Todavía no se ha realizado ningún comentario en esta noticia.