El Subdirector de la DGOJ contesta nuestras dudas sobre la liquidez internacional
Ayer fue un día muy señalado para la industria del poker online en nuestro país, así como en Francia, Italia y Portugal. Los estamentos reguladores de cada jurisdicción se reunieron en Roma para estampar la firma en el convenio que permitirá compartir liquidez de jugadores entre salas reguladas en estos países.
Aunque supimos que la firma era ya una realidad, gracias a breves comunicados de cada autoridad, acompañados más tarde por el acuerdo detallado, a la comunidad española le quedaban muchos interrogantes por resolver.
Nosotros, días atrás, nos pusimos en contacto con el señor José Antonio García García, Subdirector de la Dirección General de Ordenación del Juego, para transmitir algunas de nuestras preguntas una vez se supo que el día 6 de julio de 2017 iba a ser el elegido para que la liquidez se firmara en Roma.
A día de hoy, seguimos teniendo algunos interrogantes sobre la mesa pues algunas informaciones siguen siendo algo ambiguas. Por otra parte, podemos aclarar algunos temas de interés para todos, como son los dominios donde jugaremos y el plazo que habrá que esperar para que nuevos operadores soliciten la licencia necesaria para operar en nuestro país.
Aquí os dejamos las preguntas que mandamos en su día a la DGOJ y las respuestas que acabamos de recibir hace escasos minutos.
Una vez firmado el acuerdo (lo cual está previsto que suceda mañana día 6 de julio), ¿qué plazo prevén para que la liquidez sea una realidad?
Las cuatro autoridades reguladoras que han suscrito el Acuerdo están plenamente comprometidas en el desarrollo efectivo de la liquidez compartida en el póquer online. Aunque no existe una fecha concreta para la entrada en vigor de este nuevo sistema, se pretende realizar las modificaciones normativas necesarias para la puesta en marcha del sistema a finales de este año.
¿Cuándo se abrirá el plazo para la solicitud de licencias?
No existe fecha concreta pero se prevé que se abra un nuevo procedimiento de solicitud de licencias generales hacia el último trimestre de 2017 o primer trimestre de 2018.
Las licencias, ¿se deberán pedir por países o se producirá una simple homologación de las ya existentes en nuestro país y en cada país vecino?
El Acuerdo de liquidez internacional deja que las autoridades reguladoras de juego firmantes habiliten los mecanismos internos necesarios para implantar de forma efectiva la liquidez internacional en cada una de sus jurisdicciones. En España, estar actualmente en posesión de las licencias, general de “Otros juegos” y singular de póquer existentes son un presupuesto necesario para poder ofrecer el juego de póquer online a usuarios con cuenta de juego española.
En el futuro entorno de liquidez internacional entre esos cuatro países, cada uno de ellos podrá solicitar el cumplimiento de los requisitos que estime oportunos de acuerdo con sus respectivas normativas.
¿ Los jugadores jugarán en un dominio nuevo (.EU supuestamente) o se seguirá jugando en los dominios ya existentes en cada jurisdicción (.ES, .IT, .FR, .PT)?
Seguirán jugando en los dominios de cada jurisdicción.
¿Existirá alguna identificación en las mesas de la procedencia de cada jugador? En caso afirmativo, ¿estará esto estipulado por ley o dependerá de cada software/sala?
La Dirección General de Ordenación del Juego, en el ámbito de sus competencias, no tiene previsto exigir la visualización de la procedencia de cada jugador en la interfaz gráfica del juego.
¿Se han iniciado ya conversaciones con otros países para adherirse a este acuerdo? Las primeras informaciones apuntaban a que Reino Unido también estuvo sentado en esta mesa, pero a la postre parece que se han caído del acuerdo que se firmará mañana. ¿Podrían aclarar esta situación?
En estos momentos, el Acuerdo establece un marco de cooperación e intercambio de información entre España, Francia, Italia y Portugal para el juego de póquer online, por lo que no es posible compartir tráfico en un entorno más allá del indicado.
No obstante, el propio Acuerdo habilita la posibilidad de que otros países se unan en un futuro a esta red de colaboración e intercambio de información, por lo que no es en absoluto descartable que otros países puedan incorporarse más adelante.
Estas son las preguntas trasladadas y las correspondientes respuestas. Sabemos que aun quedan interrogantes por resolver, pero por lo menos ahora ya disponemos de algunos datos más como para intuir cómo quedará el nuevo marco regulado.
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