Tributación

La comunidad del poker y las apuestas online gana una batalla en la guerra contra Hacienda

Alex Hernando | 17/04/18
Los foros se han hecho eco de una sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha fallando a favor de un jugador que reclamaba deducir sus pérdidas anteriores a 2012.

En las últimas semanas, el mundo del poker y las apuestas online ha estado de rabiosa actualidad en medios de todo el país gracias a la figura de Paco Vallejo, nuestro ajedrecista más internacional, que a través de sus redes sociales y más tarde compareciendo en radios, televisión y prensa escrita, ha elevado una problemática que algunos jugadores han tenido en los últimos años relacionada con Hacienda y la ley tributaria que tanto daño ha causado.

Por contextualizar brevemente la situación, Vallejo denunció públicamente que Hacienda le reclamaba una cantidad desorbitada en concepto de tributos por unas ganancias cosechadas en las mesas con fecha anterior a 2012, cuando dichas ganancias no habían sido tales. El problema es que no le permitían deducirse las pérdidas acumuladas en las mesas online, lo que generaba una problemática con la que no pocos apostantes y algunos jugadores de poker se han topado en los últimos años.

Sin embargo, ayer Vallejo, a través de sus redes sociales, mostraba un rayo de esperanza al conocer que el Tribunal Superior de Casilla La Mancha había fallado en contra de Hacienda.

El comentario de Vallejo viene al hilo de un post que encontramos en Foroapuestas, donde un forero, que lleva años lidiando con esta situación e intentando ayudar a otros que se encuentran en un caso similar, comparte sus últimos avances en este contencioso contra los poderes fácticos del Estado.

El Tribunal Superior de Justicia  de Castilla-La Mancha había fallado a su favor:

1.- Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por XXXX frente a Resolución dictada por TEAR de Castilla La Mancha, que acuerda desestimar las reclamaciones número xxx y xxx 2015 interpuestas por el recurrente, que por no ser conforme a derecho se anula.

2.- Declaramos igualmente la no conformidad a derecho del acuerdo de liquidación de fecha xxx, ascendiendo el importe total liquidado a xxx así como del acuerdo sancionador con clave xxx.

Se trata de un extracto de la Sentencia del Tribunal Constitucional 90/2018 TSJ CLM Albacete a fecha 15 de marzo de 2018.

Dicho esto, contextualizamos un poco la importancia de la resolución.

En 2012 se modificó el precepto en el IRPF, añadiendo así que las pérdidas en el juego serán deducibles con el límite de las ganancias. El legislador, en su preámbulo, señalaba que el objeto era “aclarar” la normativa anterior, por lo que debía entenderse que anteriormente a ese año 2012 la voluntad era la expresada a partir de entonces, con lo que además se mantiene intacto el principio de capacidad económica que debe presidir cualquier normativa en materia de impuestos.

La sentencia, aunque no es sobre el propio caso de Vallejo, si supone un paso al frente que sienta un precedente para su causa, y la de aquellos que se ven afectados por esta problemática sinsentido.

Se trata de una buena noticia de la cual no queríamos dejar de hacernos eco. Esperemos que vengan más de esta naturaleza.

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